La ciega justicia da la razón a aquellos que decían que la susodicha asignatura, Educación para la Ciudadanía, no era exclusivamente didáctica en cuanto a educación cívica. Muy al contrarío la sentencia dice textualmente que «vulnera los derechos fundamentales de los padres». (descargar sentencia TSJA completa). O sea que la intención de esta asignatura es ir adiestrando y «enderezando los arbolitos» cuando son pequeños.
Lo más llamativo, y esto es lo que vuelve a hacer dudar sobre la neutralidad, es que quien va a recurrir la sentencia va a ser directamente la Junta de Andalucía, en lugar de hacerlo aquellas entidades no públicas que estén interesadas en su desarrollo tal cual. Es decir, que deberían recurrirla estamentos o grupos políticos, pues al recurrir la Junta todo hace pensar que ésta es también parcial.
Claro todo esto cae del lado de la presunción de imparcialidad, que en la práctica todos sabemos no ocurre así. De esa forma y por causas meramente políticas, es asumible el pensar que la Junta de Andalucía y el Gobierno de España son los primeros interesados en recurrir.
Desde luego también podría recurrir IU, después de aquel comunicado podrían pensar que la justicia está apadrinada por el fundamentalismo católico.
Pero todo esto es sólo a grandes rasgos.